Sentencia N.º 0010-2024-AA/TC
Mediante sentencia del 6 de junio de 2025, el Tribunal Constitucional ha establecido que la donación de inmuebles sin escritura pública no es nula si existe una imposibilidad física real que impida cumplir con dicha formalidad. Este nuevo criterio interpreta el artículo 1625 del Código Civil desde una perspectiva constitucional, priorizando la libertad contractual y el derecho de propiedad frente al formalismo extremo.
El caso analizado involucró una minuta de donación suscrita días antes de que el donante fuera internado por una afección médica grave que le impidió otorgar la escritura pública. El Tribunal reconoció la validez del acto, señalando que la exigencia formal no puede convertirse en una barrera inconstitucional cuando se acredita la voluntad inequívoca de donar y una imposibilidad objetiva de formalizar.
Opinión jurídica
Este pronunciamiento marca un precedente relevante al reafirmar que las formalidades legales no deben vaciar de contenido los derechos fundamentales. La sentencia abre la puerta a una interpretación más flexible del derecho civil, en armonía con los principios constitucionales, y refuerza la necesidad de que los jueces ponderen cada caso desde una visión garantista y no meramente formalista.
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